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México

Para los ciudadanos de México que viajen por aire o por tierra, se requieren pasaporte y visa de visitante / Tarjeta de cruce fronterizo (también conocida como “Visa láser”).

Los ciudadanos de otros países pueden obtener más información sobre los requisitos aplicables a los viajes en la “Guía para viajeros internacionales” a continuación.


Ciudadanos de otros países

Nueva tecnología para facilitar el proceso de viajes

A partir del 12 de enero de 2009, todos los ciudadanos, incluidos los niños, de 27 países participantes del programa de exención de visa para los Estados Unidos deberán obtener un Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje (ESTA) antes de abordar un avión o embarcación entrante a los Estados Unidos. Siguiendo el modelo de un exitoso programa australiano, ESTA es un sistema automatizado que se utiliza para determinar la elegibilidad de los visitantes del programa de exención de visa para viajar a los Estados Unidos y para establecer si el viaje implica un riesgo de seguridad o de cumplimiento de la ley. El programa es un modo relativamente simple y efectivo para fortalecer la seguridad de los Estados Unidos, y la de los viajeros internacionales, mientras ayuda a preservar el programa de exención de visa.

ESTA refleja los datos que los viajeros ya suministraron a través del formulario I-94W que completaron al llegar al puerto de ingreso de los Estados Unidos; por otro lado, simplifica el proceso ya que permite que los visitantes completen el formulario en línea antes del arribo. Para obtener un ESTA, los viajeros deben suministrar datos biográficos al Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS) que incluyen: nombre, fecha de nacimiento e información del pasaporte, al igual que información sobre el viaje como número de vuelo y domicilio en el destino dentro de los Estados Unidos. La implementación del programa ESTA permitirá al DHS eliminar, con el tiempo, el formulario I-94W.

Cada ESTA será válido por un período de dos años y permitirá que los visitantes viajen a los Estados Unidos ilimitada cantidad de veces durante ese período de tiempo. Un ESTA no se emitirá a los viajeros con pasaportes que venzan dentro de los seis meses de solicitar un ESTA. En este caso, el viajero deberá obtener un nuevo pasaporte o solicitar una visa para los Estados Unidos.

Si bien los viajeros del programa de exención de visa deberán contar con un ESTA de manera obligatoria a partir del 12 de enero de 2009, los visitantes pueden obtener un ESTA hasta el 1 de agosto de 2008 a través de https://esta.cbp.dhs.gov/. El sitio está actualmente disponible en inglés, pero será traducido a varios idiomas este otoño.

En el futuro, el DHS también permitirá que los viajeros obtengan un ESTA a través de aerolíneas, empresas de transporte marino o agentes de viaje.

Para obtener más información visite: www.cbp.gov/esta y http://travel.state.gov/visa/temp/without/without_1990.html .

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